Esta es una clasificación de fondos de inversión por vocación inversora, tal y como podemos encontrar en su definición original publicada en el Boletin Oficial del Estado.
FONDOS MONETARIOS
Ausencia de exposición a renta variable, riesgo divisa y deuda subordinada Debe aceptar suscripciones y reembolsos de participaciones diariamente. Duración media de la cartera inferior a 6 meses1. Mínimo del 90% del patrimonio en instrumentos con vencimiento residual inferior a 2 años. Ausencia de instrumentos con vencimiento residual superior a 5 años. Ausencia de exposición a activos con calificación crediticia a corto plazo inferior a A22 o sin calificación crediticia específica cuyo emisor cuente con calificación crediticia a corto plazo inferior a A2.
RENTA FIJA EURO
Ausencia de exposición a renta variable, no habiendo sido clasificada la IIC dentro de la vocación monetario. Máximo del 10% de exposición a riesgo divisa
RENTA FIJA INTERNACIONAL
Ausencia de exposición a renta variable. Posibilidad de tener más del 10% de exposición a riesgo divisa.
RENTA FIJA MIXTA EURO
Menos del 30% de exposición a renta variable. La suma de las inversiones en valores de renta variable emitidos por entidades radicadas fuera del área euro, más la exposición al riego divisa no superará el 30%.
RENTA FIJA MIXTA INTERNACIONAL
Menos del 30% de exposición a renta variable. La suma de las inversiones en valores de renta variable emitidos por entidades radicadas fuera del área euro, más la exposición al riego divisa podrán superar el 30%.
RENTA VARIABLE MIXTA EURO
Entre el 30% y el 75% de exposición a renta variable. La suma de las inversiones en valores de renta variable emitidos por entidades radicadas fuera del área euro, más la exposición al riego divisa no superará el 30%.
RENTA VARIABLE MIXTA INTERNACIONAL
Entre el 30% y el 75% de exposición a renta variable. La suma de las inversiones en valores de renta variable emitidos por entidades radicadas fuera del área euro, más la exposición al riego divisa podrán superar el 30%.
RENTA VARIABLE EURO
Más del 75% de exposición a renta variable. Al menos el 60% de exposición a renta variable emitida por entidades radicadas en el área euro. Máximo del 30% de exposición a riesgo divisa.
RENTA VARIABLE INTERNACIONAL
Más del 75% de exposición a renta variable no habiendo sido clasificado como renta variable euro.
IIC DE GESTION PASIVA
IIC que replican o reproducen un índice, incluidos los fondos cotizados del artículo 49 del RIIC, así como IIC con objetivo concreto de rentabilidad no garantizado
GARANTIZADO DE RENDIMIENTO FIJO
IIC para el que existe garantía de un tercero y que asegura la inversión más un rendimiento fijo.
GARANTIZADO DE RENDIMIENTO VARIABLE
IIC con la garantía de un tercero y que asegura la recuperación de la inversión inicial más una posible cantidad total o parcialmente vinculada a la evolución de instrumentos de renta
variable, divisa o cualquier otro activo. Además incluye toda aquella IIC con la garantía de un tercero que asegura la recuperación de la inversión inicial y realiza una gestión activa de una parte del patrimonio
DE GARANTIA PARCIAL
IIC con objetivo concreto de rentabilidad a vencimiento, ligado a la evolución de instrumentos de renta variable, divisa o cualquier otro activo, para el que existe la garantía de un tercero y que asegura la recuperación de un porcentaje inferior al 100% de la inversión inicial. Además incluye toda aquella IIC con la garantía de un tercero que asegura la recuperación de un porcentaje inferior al 100% de la inversión inicial y realiza una gestión activa de una parte del patrimonio.
RETONO ABSOLUTO
IIC que se fija como objetivo de gestión, no garantizado, conseguir una determinada rentabilidad/riesgo periódica. Para ello sigue técnicas de valor absoluto, «relative value», dinámicas…
GLOBAL
IIC cuya política de inversión no encaje en ninguna de las vocaciones señaladas
anteriormente.
Fuente: BOE