Fondo 3 Garantizado II de Banco Grupo Caja3

Banco Grupo Caja3, integrado por Caja Inmaculada, Caja Círculo de Burgos y Caja Badajoz, ha lanzado al mercado un nuevo fondo de inversión, denominado Fondo 3 Garantizado II, que asegura, en un plazo de tres años, el 100% del capital invertido y una rentabilidad del 3% TAE, consistente en el pago de un cupón cada año del 3% de la inversión.

Como su nombre lo indica, el Fondo 3 Garantizado II es un fondo de inversión garantizado que ofrece una rentabilidad del 3% TAE a un plazo de 3 años. Se trata del segundo lanzamiento en este camino luego de la fusión de las 3 cajas de ahorro que componen Caja3: Caja Inmaculada, Caja Círculo de Burgos y Caja Badajoz.

La Fecha de comercialización del Fondo 3 Garantizado II es hasta el 8 de enero de 2012, y el vencimiento del mismo será el día 09 de enero de 2015. La rentabilidad, tal como ya lo mencionamos, será del 9% pagadero a través de un cupón anual de un importe equivalente al 3% de la inversión inicial en cada uno de los días 09/01/2013, 09/01/2014 y 09/01/2015. En cuanto al importe mínimo, es extremadamente bajo: 6 €.

Gestionado por Ahorro Corporación (la gestora de fondos de las antiguas cajas de ahorro), el fondo pertenece a la categoría de los Fondos Garantizado de Rendimiento Fijo, y como tal, el objetivo garantizado sólo se obtendrá en el caso de mantener la inversión hasta la fecha de vencimiento.

En que invierte el fondo

Según el folleto del producto, hasta el 9/01/12 y a partir del 9/01/15, ambos inclusive, se invertirá en depósitos con al menos media calidad crediticia (rating mínimo BBB-); Repos de Deuda Pública española con alta calidad (AA) y liquidez. Se realizarán hasta el 9/01/12, inclusive, compras a plazo de renta fija. Duración y vencimiento medios de la cartera en ambos periodos inferiores 3 meses. El grado máximo de exposicion al riesgo de mercado a través de instrumentos financieros derivados es el importe del patrimonio neto.

Desde el 10/01/12 y hasta el 9/01/15 se invertirá en Repos de Cédulas hipotecarias de entidades españolas con al menos mediana calidad (mínimo BBB-), Repos de Deuda Corporativa de emisores de la OCDE con al menos media calidad (mínimo BBB-), depósitos con al menos media calidad (mínimo BBB-), Repos de Deuda Pública española con alta calidad (AA) y liquidez.

La cartera de renta fija tendrá una duración similar a la del vencimiento de la garantía, y se podrá invertir más del 35% en valores de un Estado de la UE, una Comunidad Autónoma, una Entidad Local, los Organismos Internacionales de los que España sea miembro y Estados con solvencia no inferior a la de España.

Se podrá operar con derivados negociados en mercados organizados de derivados con la finalidad de cobertura y de
inversión y no negociados en mercados organizados de derivados con la finalidad de conseguir el objetivo concreto de
rentabilidad.

Suscripciones y Reembolsos

El partícipe podrá suscribir y reembolsar sus participaciones con una frecuencia diaria. Si reembolsa en una fecha distinta a la de vencimiento al no estar garantizado el valor liquidativo, podría incurrir en pérdidas, ya que este fondo le cobrará una comisión por reembolso del 5% sobre el importe reembolsado.

Si usted quiere suscribir o reembolsar participaciones el valor liquidativo aplicable será el del mismo día de la fecha de
solicitud. No obstante, las órdenes cursadas a partir de las 15:00 horas o en un día inhábil se tramitarán junto con las
realizadas al día siguiente hábil. Los comercializadores podrán fijar horas de corte anteriores a la indicada.

Por este motivo, la recomendación es que este fondo puede no ser adecuado para inversores que prevean retirar su dinero en un plazo de hasta el vencimiento de la garantía, el día 9/01/15, inclusive. Por otro lado, la gestora cobra por las suscripciones fuera del periodo específico (hasta el 9 de enero de 2012) una comisión del 5%.

Podemos concluir que este fondo es muy similar en riesgos a un depósito bancario. Y tambien posee una rentabilidad similar. Lo que lo diferencia enormemente de los depósitos es el hecho de la beneficiosa fiscalidad, que le permite diferir el pago de impuestos hasta el momento en que retire la inversión.