Como usuarios de productos financieros sin ninguna duda uno de los principales problemas al que nos enfrentamos es la publicidad engañosa o no ajustada a normativa. A pesar de los grandes escándalos en este sentido que todos recordamos en los últimos años, aún hoy en día se siguen encontrando malas prácticas en diferentes productos, la publicidad engañosa en los fondos de inversión también existe, no es una excepción.
En los últimos meses del pasado año la CNMV publicaba los resultados de un análisis centrado precisamente en el contenido y la información publicitaria alrededor de los fondos de inversión, análisis ejercido tanto en las propias páginas de las gestoras de fondos como de las comercializadoras. De este análisis surgían datos que debemos tener en cuenta como usuarios de fondos de inversión ya que, insistimos, en algunos casos siguen existiendo prácticas no ajustadas a la normativa.
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Cómo debiera ser la información publicitaria de los Fondos de Inversión
Sin entrar en mucho detalle debemos tener claro que, según la normativa vigente, la publicidad de los productos financieros, y en este caso de los fondos de inversión, siempre debe ser lo más clara y objetiva posible.
A esas dos condiciones se suma el hecho de ofrecer un nivel suficiente de publicidad informativa, que nunca resulte engañosa respecto al producto a comercializar y que siempre sea coherente (en cuanto a funcionamiento del producto) en relación a lo que viene a proponer en las publicaciones, folletos o páginas webs como gancho publicitario.
Partiendo de este concepto general sobre una buena publicidad para los fondos de inversión, la CNMV detectaba un buen número de malas prácticas publicitarias ejercidas por gestoras o comercializadoras de estos productos.
En este post te mostramos algunas estrategias clave al contratar tu primer fondo de inversión
Malas prácticas publicitarias en los Fondos de Inversión
Vamos a dar un repaso rápido a varios puntos que se corresponden con varias malas prácticas publicitarias sobre fondos de inversión que el organismo regulador encontró en su análisis.
Información insuficiente
Probablemente este sea uno de los ámbitos de mala praxis más extendido. Se basa en una información insuficiente o escasa que, generalmente solo viene a mostrar (por ejemplo) rentabilidades interesadas, basadas en el año en curso o en el último año. Esta información debe ser siempre extendida como mínimo cada uno de los cinco años anteriores de vida del producto o en su defecto a todo el proceso vital del fondo si tiene menos de cinco años de vigencia.
Datos del fondo de inversión previos a un cambio de política inversora
Este puede ser, de hecho es, un grave problema, además de una publicidad tremendamente engañosa. Ofrecer publicidad relativa a los resultados de un producto que ha cambiado su política estratégica de inversión es no atenerse a la realidad del producto, y por tanto tender a la confusión del inversor.
Eslogan engañoso en la publicidad del Fondo de Inversión
A pesar de parecer una cuestión del pasado, también hoy en día podemos encontrar publicidad engañosa basada en slogan no ajustado a la realidad del producto, por ejemplo cuando se nos ofrecen productos con un anuncio de rentabilidad no garantizada como si así lo fuera, o cuando se anuncian fondos de inversión sin riesgo para el usuario mientras que en la realidad este riesgo existe.
Cálculos manipulados de rentabilidades de los fondos de inversión
Aunque más sutil, y menos extendida, esta publicidad engañosa también se da, y además puede resultar muy perjudicial ya que se suele basar en explicaciones supuestamente técnicas a partir de simuladores o explicaciones audiovisuales. En estas simulaciones se viene a proponer una rentabilidad potencial basada en la rentabilidad histórica, algo contrario al modelo publicitario de los fondos de inversión bien ejecutado, ya que la rentabilidad pasada nunca garantiza rentabilidades futuras, y, el respaldo de una supuesta rentabilidad potencial debe basarse en supuestos razonables y además, siempre remarcando ese carácter de supuestos, es decir, dejando claro que no se trata de indicadores infalibles de resultados.
Acumular rentabilidad en periodos superiores a un año
Este hecho también se da con relativa frecuencia y puede incitar a la confusión del inversor, sobre todo porque la norma obliga a que los datos sobre rentabilidades históricas acumuladas se ofrezcan por períodos completos de 12 meses.
En general, como vemos, se trata de modelos publicitarios engañosos en los que se potencian los elementos positivos o supuestamente positivos, se minimizan los posibles riesgos, y, por supuesto, se tiende a un modelo de comercialización masivo, poco claro y engañoso.