Reembolso de Fondos de Inversion

Cada vez son más los individuos y empresas que canalizan sus inversiones a través de la participación en fondos de inversión aprovechando los beneficios alcanzados con este tipo de productos. En lo que respecta a estos instrumentos de los mercados financieros cabe informar que existen fondos de distintos tipos, características y por sobre todo distintos perfiles de riesgo, existiendo desde fondos construidos a partir de instrumentos casi 100% seguros hasta otros con mayores niveles de riesgo y por lo tanto de rentabilidades.

La operativa actual de los fondos de inversión resulta sumamente accesible y sencilla ya que usted solo debe realizar tres tipos de operaciones con los fondos: suscripción, reembolso y traspaso. A continuación analizaremos cada uno de estos movimientos con la finalidad de comprender cabalmente y  desde la perspectiva de los inversores  para  de esa manera poder conocer cuáles son los trámites, gastos necesarios y los  plazos que enmarcan cualquiera de estas operaciones.

Podemos entonces afirmar sin temor a equivocarnos que los fondos de inversión, son unos de los vehículos más sencillos para canalizar nuestros ahorros y que  no es necesario contar con profundos conocimientos sobre la operativa de un fondo para  poder manejar y utilizar correctamente nuestro dinero.

La Venta y el reembolso de fondos de inversión

Es importante saber que los fondos de inversión se encuentran exentos de tributación hasta el momento del reembolso. Es en el momento del reembolso,  que se le aplicará una retención a cuenta del IRPF sobre las plusvalías que se obtengan, según la normativa fiscal vigente correspondiente.

En forma independiente del plazo o período durante el cual haya usted tenido en posesión las referidas participaciones, se generaron en ese periodo ganancias aunque sea un periodo inferior a un año. Es así que entonces la diferencia entre el importe obtenido en el reembolso de participaciones y el satisfecho en la adquisición es una ganancia/pérdida patrimonial que se integrará en la base imponible del ahorro sobre la que se aplica el tipo de imposición fiscal.

Como criterio general, en la fiscalidad de los fondos de inversion existen franjas de imposición, es decir que las tasas varian según los importes en cuestión:

  • 19% sobre los primeros 6.000 euros
  • 21% sobre el exceso

Sin embargo, en ciertos lugares como por ejemplo en Guipúzcoa, Álava y Vizcaya, se aplica un tipo único del 20% sobre la totalidad de la base imponible del ahorro y en  Navarra las tasas son diferentes:

  • 18% sobre los primeros 6.000 euros
  • 21% sobre el exceso

Traspaso de fondos

Para hacer posible que un traspaso se pueda llevar a cabo, el titular de las participaciones no puede ser una sociedad o persona jurídica, ni una persona física sujeta al impuesto sobre la renta de no residentes.

Toda venta de participaciones estará exenta y por lo tanto no tributará cuando el importe obtenido de las mismas sea traspasado a otro fondo de inversión. De igual forma,  las nuevas participaciones conservarán el valor y la fecha de compra de las que se hayan vendido.

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