Bankinter Renta Fija Cosmos 2017 (Garantizado)

Bankinter Renta Fija Cosmos 2017 (Garantizado)

Tal vez se podría tener a primera vista, y tras revisar los resultados de captación patrimonial de los últimos meses de los fondos de inversión nacionales, una cierta tendencia a pensar en que el inversor medio español que buscar los fondos de inversión, tiene una preferencia más que notable por los fondos garantizados; esto, a lo que dedicaremos un futuro artículo, es realmente relativo, aunque, lo que no es relativo, es que en los últimos meses nos estamos encontrando con un buen plantel de lanzamientos tanto de fondos garantizados, como de fondos de retorno absoluto.

En este caso recogemos el lanzamiento de un garantizado presentado por Bankinter bajo el nombre Renta Fija Cosmos 2017.

El producto se nos presenta en forma de fondo de inversión garantizado a tres años y medio. Periodo del cual el producto nos garantiza la revolución del total del capital invertido más una rentabilidad del 9,3%, lo que vendría suponer una TAE 2,48% ciertamente interesante, sobre todo si la comparamos por ejemplo con otros productos de ahorro garantizado en plazos similares.

En el apartado de comisiones, debemos tener en cuenta que la comisión de gestión va a variar en función de las fechas en las que se encuentra la vida del producto, concretamente, actualmente esta comisiones del 0,3% anual sobre patrimonio, pero sólo hasta el 19 agosto 2013 inclusive, a partir de ese momento esta comisión de gestión asciende al 0,2% sobre patrimonio. En el apartado de comisión de depósito nos encontramos con un 0,10%.

Como habrá podido el lector deducir por lo anterior, se aplicó un periodo de comercialización sin comisiones de suscripción que se mantuvo abierto hasta el citado día 19 agosto. El producto, respondiendo su carácter de duración de tres años y medio, presentará su vencimiento El 4 abril 2017, aun así, este fondo ofrece algunas ventanas de reembolsó sin comisión a precio de mercado que coincidirán con las siguientes fechas; 4 de abril de 2013, 6 de octubre de 2014, 8 de abril de 2015, 5 de octubre de 2015, 5 de abril de 2016 y 4 de octubre de 2016, o día hábil posterior.

En cualquier caso recordamos que no suele resultar recomendable suscribir participaciones de un fondo garantizado después del periodo fijado de comercialización, como vemos las comisiones son más altas y, las garantías obviamente no serán las mismas.

 

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